Archivo de 24 abril 2010

Los vacios de la resolución Nº 143-2010 JNE, la incertidumbre respecto a la legalidad de los hechos invocados y los gestos de no cambio.

Publicado y difundido el contenido de la Resolución Nº 143-2010 JNE, una vez más sorprende los variados criterios que adopta el colegiado respecto a la aplicación de la norma legal que sanciona las conductas prohibidas en la que incurren los Alcaldes y Regidores que promueven actos funcionales que la ley tipifica como causal de vacancia.

El tema de vacancia municipal como una forma de participación ciudadana en el control social directo de una gestión edil, permite que cualquier vecino de la localidad solicite, ante el Concejo municipal, la separación del cargo de la autoridad edil que incurre en una o mas causales; sin embargo en caso de rechazo en esta instancia, la Ley permite se recurra al máximo organismo electoral o de control social formal en temas electorales, para que con mejor criterio evalúe técnicamente los argumentos sostenidos por los impugnantes.

No obstante asumimos que el Jurado Nacional de Elecciones, además, también administra justicia electoral, por lo que sus resoluciones, al igual que la de toda autoridad decisoria, deben ser debidamente motivadas respecto de los hechos que se invocan, recurriendo no sólo criterios formales en la aplicación de la Ley sino a criterios de justicia, que es lo que finalmente se pretende como objeto de la pretensión del solicitante.

La labor del JNE, quien debe administrar justicia electoral a nombre de la nación, no debe limitar sus decisiones en actos formales, que en el marco del orden social del Estado, generarían impunidad en las inconductas funcionales de las autoridades que son sometidas a su control.

En ese contexto, la Resolución Nº 143-2010 JNE, sin mayor motivación respecto a los hechos, considera que no existe causal de vacancia por la concesión del servicio de Seguridad Ciudadana (Serenazgo) a terceros a través de interpósita persona, con un argumento muy simple, esto es, afirmar que no se ha acreditado la existencia de un contrato de concesión con el que el Alcalde haya salido directamente beneficiado; contradiciendo su apreciación contenida en la Resolución N° 236 -2009-JNE, de fecha 18 de marzo del 2009 que incorpora nuevos criterios interpretativos de la legislación electoral, en lo que es materia de las prohibiciones contenidas en el art. 63º de la LOM, resaltando que “la finalidad de esta norma es la protección del patrimonio municipal para que las municipalidades cumplan con sus finalidades constitucionales”, realizando precisiones en torno a su interpretación ya que hasta ese momento (marzo 2009) se había venido siguiendo una línea que dejaba fuera de lado una serie de comportamientos que iban en desmedro del patrimonio de la municipalidad e impedían, por tanto, que estas cumplan su función constitucional.

En esa Resolución el Jurado Nacional de Elecciones, quien actuó como ente supremo que administra justicia electoral en última instancia, fijó los contenidos concretos de esta prohibición general, realizando para ello una interpretación conjunta de las disposiciones que regulan los procesos electorales y las competencias de los órganos emanadas de la voluntad popular, estableciendo que los contratos deben seguir el procedimiento establecido legalmente, debiendo ceñirse a la Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas como la de Contrataciones del Estado y legislación conexa (Código Civil), agregando claramente que “La desatención de los deberes que estas normas imponen para obligar válidamente a la municipalidad y, por ende, comprometer su patrimonio conllevará la infracción del referido artículo 63” y permitirá solicitar la declaración de vacancia para el funcionario infractor. Asimismo, llega a concluir que el artículo 63 impone la prohibición de contratar en los casos en que exista un evidente conflicto de interés, a efectos de evitar que el interés público que rige el manejo de los recursos municipales sea defraudado por el interés particular que persigue todo contratante.

Con esta interpretación, el JNE deja de lado el criterio que había sido de frecuente aplicación hasta antes de la Res. N° 229-2007-JNE y que señalaba que la prohibición de contratar contenida en el artículo 63 se limitaba a dos supuestos concurrentes: i) la realización de un contrato en calidad de adquirente de los destinatarios de la norma; ii) que el objeto de tales contratos se refiera a bienes municipales.

La razón principal para abandonar este criterio estribaba en que se había dejado fuera una serie de supuestos en los que se afecta el patrimonio municipal, generando impunidad.

No obstante a ello, con la Resolución Nº 143-2010 JNE se regresa al antiguo criterio del JNE para exigir la existencia de un contrato formal y escrito, con las características que el mismo colegiado rechazó a fin de evitar impunidad cuando los hechos evidenciaban efectos contractuales en perjuicio del patrimonio edil.

En efecto, el contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial, perfeccionándose con su consentimiento.

En nuestro caso no sólo se exige la existencia formal de dicho contrato, sino que el JNE, dejando de administrar justicia electoral, no motiva su decisión adoptada y aún cuando confirma la existencia del servicio de serenazgo, siempre negado por el Alcalde de Guadalupe, no se pronuncia respecto a la relación jurídica patrimonial creada entre éste y el señor Luis Díaz Colán, personal de confianza y Jefe del Serenazgo, quien no sólo hace uso del patrimonio municipal consistente en camioneta, motos, local de la VIDEMU, uniformes, personal, sino que gira recibos con membrete municipal y su propia firma y post firma, para que la población usuaria pague por el servicio, sin que este dinero ingrese a los caudales municipales. Agréguese que dicha cobranza se da hasta la redacción de este comentario y más aún, con mayor impunidad.

Todo esto es corroborado por el propio Alcalde, quien en sesión de Concejo de fecha once de agosto del año 2009, afirma que el servicio que se presta es de “serenazgo”, que hay gente interesada en que funcione y paga y “siguen pagando” (se sigue cobrando), que las cuentas las lleva uno del mismo servicio, que sí se adquirió dos motos para el serenazgo e incluso personalmente garantizó su adquisición, que el serenazgo es un híbrido (público privado), que los montos recaudados por los informales arbitrios no ingresan a caja y que sirven para pagar al personal.

Siendo así y ante el no pronunciamiento de esos hechos por parte del JNE, el pueblo de Guadalupe continúa con la interrogante… ¿es legal esto?.. si es legal entonces no hay impunidad y la decisión del colegiado permitirá que en adelante cualquier alcalde permita que un personal de su confianza emita recibos y cobre por los servicios de limpieza pública, parques y jardines, sisa, serenazgo o cualquier otro arbitrio en provecho particular y no a favor del patrimonio edil que permita cumplir con su finalidad constitucional.

Respecto al uso indebido del cuestionado Abogado Franco Abanto Rodríguez para su patrocinio particular, lo mínimo que debe hacer el Alcalde es separar a dicho funcionario que no sólo tiene una sentencia condenatoria por delito doloso que pone en riesgo a la administración edil, sino que contraviniendo el D.S. Nº 017-85 JUS, siendo asesor legal de la entidad, patrocina a terceros en una causa de falsificación de documentos donde la municipalidad es agraviada. Dicha norma legal sanciona esa conducta con destitución e inhabilitación.

Finalmente en estas causales, (la del abogado Franco y la doble percepción de sueldo), el JNE nos dio la razón mas decidió que no eran causales de vacancia, contradiciendo un anterior criterio en la que un alcalde de distrito de Lima fue vacado, porque utilizaba a obreros municipales para que laboren en su jardín particular.

Por lo demás, estando ya por finalizar su mandato, creo que un gesto mínimo de respeto a la población guadalupana, es que Edwin Mora Costilla corrija sus errores, principiando con denunciar al señor Colán por usar el nombre de la Municipalidad para efectuar cobros indebidos, destituir al Abogado Abanto y aclarar lo del doble sueldo con pruebas convincentes.

Abog. Alejandro Merino Huaman

Contraloría lanza campaña “Postula con la tuya”

Bajo el eslogan “POSTULA CON LA TUYA”, la Contraloría General de la República lanza una campaña de prevención dirigida a los ciudadanos, autoridades y funcionarios públicos para informar acerca de la prohibición que existe de emplear recursos del públicos bajo ninguna circunstancia ni modalidad para fines electorales.

La campaña precisa, entre otras cosas, que está prohibido el uso de bienes y recursos públicos para fines de proselitismo, propaganda publicidad o cualquier otro uso en favor o en contra de candidatos, partidos, movimientos u opciones electorales para el presente periodo electoral.

Igualmente, se advierte que la sanción prevista por la normativa electoral puede llegar a la suspensión del ejercicio de sus funciones del funcionario público, sin perjuicio que constituye delito de peculado sancionado hasta con ocho años de cárcel.

La presente campaña pretende contribuir, en el marco del control preventivo, con las autoridades responsables en materia de fiscalización electoral, y sentar las bases de la Alianza Estratégica que la Contraloría suscribirá con el Jurado Nacional de Elecciones en los próximos días como parte del Programa Preventivo Electoral que desarrollará el presente año.

24_04_2010

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Contraloría realiza curso para fortalecer Programación y Formulación de Presupuestos

Las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Cajamarca (MPC) es la sede de la realización de un curso académico denominado Programación y Formulación Presupuestaria, evento organizado por la Contraloría General de la República sede Cajamarca (CGR).

En dos jornadas de capacitación, el ponente invitado Celso Navarro Jordán se dirigió a los asistentes, funcionarios de las Oficinas de Control Interno de distintas instituciones y encargados de la elaboración de los presupuestos de las municipalidades de toda la región.

Como indicaron los organizadores, entre los objetivos se busca es que los asistentes a este fórum “comprendan las bases teóricas y los principios de Presupuesto Público en nuestro país”.

También señalaron que deben “entender la practica en el manejo de las técnicas y la metodología que se aplican en las fases de Programación y Formulación de Presupuestos Gubernamentales”.

La asistencia a este curso beneficiará a los asistentes con 21 horas académicas las que serán consideradas en su currículo respectivo.

Municipal de San Ignacio ya está en Cajamarca

Hoy arribó el deportivo Municipal de San Ignacio a nuestra localidad para enfrentar mañana al representativo del Inca de Cajamarca que ayer definió su oncena titular que saltará mañana al medio día, al césped sintético del estadio Héroes de San Ramón.

El equipo fronterizo ha llegado con todos sus jugadores donde no tiene problemas de lesionados, dentro de sus figuras cuenta con José Rivero, Marco Chumbes, George Rivera, Luís Ocaña, Carlos Escobedo, Agustín Andrade, Jhon Falconí, Henry Ordinola, Ronal Julca, Luís Moran, Gerard Torres entre otros elementos.

El encuentro de mañana tiene cierta expectativa, porque se trata de dos buenas escuadras que han invertido este año para poder alcanzar la clasificación, los incaicos llegan invictos a este partido aunque con un baja la de su capitán Carlos Ramos quien al parecer será sustituido por Alex Vilela joven elemento que le da ciertas alegría con su fútbol en el medio campo, el resto del equipo será el mismo el que ha venido jugando.

En cambio los de San Ignacio llegan sin problemas con todos sus titulares.

El partido tiene expectativa el ganador va ubicarse como puntero del campeonato de la Liga Superior.

José Salas: Solo vale ganar

El profesor José Salas Jáuregui, tiene plena confianza que su equipo mañana domingo logrará un importante triunfo ante el Municipal de Sn Ignacio.

Quien tenga mejor planteamiento y ha trabajado bien va salir airoso, nosotros estamos tranquilos sobre el rival recién lo voy a ver mañana en la cancha, en realidad no me asusta los comentarios de que se trata de un equipo fuerte, una vez más vuelvo a decirle que mañana nosotros tenemos que salir a ganar porque somos locales y porque contamos con un plantel de experiencia.

Sobre el sustituto de Carlos Ramos dijo que ya tiene el reemplazo cualquiera de sus jugadores puede cumplir su función que venía desempeñando Ramos, para eso estamos trabajando.

Finalmente hizo un llamado a la afición cajamarquina para que asista mañana al estadio alentar al equipo.

Para elaborar Plan Operativo se reúne Consejo Regional de Seguridad Vial

En la sede de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones (DRTC) se desarrolló la primera reunión anual del Consejo Regional de Seguridad Vial de Cajamarca.

Angélica Bazán Chávarry, titular de la DRTC, estuvo al frente de esta reunión en donde estuvieron representados los sectores de Salud, Trabajo, transportistas de la zona urbana y terrestre, la Policía de Tránsito y de Carreteras, entre otros.

El motivo de esta cita fue la implementación de un Plan Regional para hacer frente a este delicado problema que es común en nuestras vías como es la seguridad vial de la población.

Una de las asistentes, Teresa Cueva, representante de los transportistas de carga dijo que el involucramiento de todos, por ser un tema que recorre transversalmente toda la sociedad, es obligatorio.

Señaló que en la próxima reunión que tengan, la que se programó para el 6 de mayo, se ha pedido la presencia varias autoridades, entre ellas, un fiscal de Prevención del Delito, el responsable de Provías, el representante de los Bomberos, los alcaldes vecinales…

“Debemos involucrarnos no solo el responsable (quienes serian los transportistas) sino también el que fiscaliza (las autoridades)” pidió.

Otro de los asistentes, el encargado de la unidad de Carreteras de la Policía Nacional del Perú (PNP), Benjamín Rengifo Prieto, mencionó que el trabajo que hay por hacer es arduo.

“Tenemos que involucrarnos en este tema porque es la vida de las personas está en tela de juicio todos los días” agregó indicando que el Estado debe jugar un rol importante en este problema.

“Las instituciones que existen en el Estado deben comprometerse y (en) eso hemos concluido: que en la próxima reunión nos juntemos con todos los actores comprometidos en este tema” finalizó.

Cajamarca tiene déficit en equipos para monitorear fenómenos climatológicos

El deterioro del clima mundial se ha convertido en los últimos años en un tema central en las agendas de autoridades e instituciones, entre ellas, las de nuestro país.

Monitorearlo adecuadamente ha requerido de nuevos equipos que el Estado ha ido adquiriendo pero faltando aún mucho por hacer según el presidente ejecutivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi), Wilard Gamarra Molina.

Para él, paulatinamente se está modernizando los equipos con los que se predeciría el comportamiento climático del país como la reciente inaugurada estación automática que se encuentra en la Universidad Nacional de Cajamarca (UNC).

Dijo que a nivel nacional existe una red de aproximadamente 792 estaciones las que poco a poco están siendo actualizadas y modernizadas, es decir, convirtiendo las convencionales en automáticas.

Este funcionario dijo que nuestra región “está relativamente bien equipada”. “Hay cinco estaciones automáticas y entre 50 y 60 estaciones convencionales pero es necesario mejorar y densificar (la región) con más estaciones automáticas” aseguró.

Dijo que en las provincias de la parte norte de Cajamarca no hay estas estaciones que pueden brindar información climatológica al instante por diversas vías, siendo una manera a través de Internet.

Señaló que el apoyo estatal que reciben es variable: “Nosotros trabajamos en proyectos financiados por los gobiernos central, regional y local” aseguró indicando que este tema debe ser una preocupación de todos.

Hoy hay Interbarrios

El II Campeonato de Fútbol de Confraternidad Interbarrios 15 años 2010, en su tercera fecha se juega hoy en el estadio Héroes de San Ramón, con encuentros interesantes donde muchos buscan meterse en los primeros lugares, como se sabe los dos primeros de cada serie clasifican para jugar una liguilla y los mejores jugadores integrarán el seleccionado de Cajamarca. la programación a desarrollarse es la siguiente:

SABADO: 24-04-2010.

07:50 am. SANTA ELENA VS. SAN MARTÍN.

09:00 am. PUEBLO LIBRE I VS. URB. LA ALAMEDA.

10:10 am. SAN MARTIN BAJO VS. LUCMACUCHO.

11:10 am. PUEBLO LIBRE VS. SAMANA CRUZ.

12:10 pm. CHONTAPACCHA VS. NVO. CAJAMARCA.

01:10 pm. HUACARIZ VS. LA COLMENA.

Incrementan medidas de seguridad en penal de Huacariz

uacarizCon tres meses de gestión transcurridos, el Consejo Nacional Penitenciario informó a Panorama sobre las medidas de seguridad tomadas en el penal de Huacariz y los demás 70 penales del país, el propósito es contrarrestar el accionar de los internos, quienes en complicidad con personas del exterior logran ingresar artículos prohibidos a estos recintos.

Las modalidades utilizadas por la población penal revelan su ingenio y creatividad para burlar los controles de seguridad. Sin embargo, esta situación está siendo combatida a través de diversos operativos en los penales logrando buenos resultados. Hasta la fecha se han logrado incautar decenas de celulares en Cajamarca.

Este trabajo es realizado por personal del Grupo de Operaciones Especiales (GOES), grupo especializado del INPE preparado para detectar y neutralizar las vías por donde los objetos prohibidos logran salir de los recintos penales.

Este grupo especial conformado por agentes penitenciarios, vienen descubriendo diversas modalidades para esconder los celulares que van desde agujeros en los techos, uso de panes y hasta el uso sacrílego de las Biblias, a fin de camuflar los aparatos prohibidos.

Cabe señalar que el ingreso de celulares no constituye un ilícito penal, sino una falta que la autoridad penitenciaria puede sancionar restringiendo el ingreso del infractor al penal por un tiempo determinado.

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