Nos ha llegado una carta notarial remitida por la Sra. Jackeline Hualpa Llanos en la que con una introducción bastante dolida y con una serie de adjetivos, manifiesta que le hemos hecho un irreparable daño moral y psicológico al publicar una noticia en la que se informa sobre la captación de una madre para que entregue a su hija recién nacida a cambio de dinero.

La carta continúa con una serie de adjetivaciones hacia este medio de comunicación, Panorama Cajamarquino, con los que nos cataloga como irrespetuosos, falsos y reitera el serio daño que hemos causado a su dignidad.

Luego ensaya una situación hipotética de los hechos y nos concede un plazo de 24 horas para rectificarnos y concluye con la amenaza de iniciar acciones legales.

La información que publicó Panorama Cajamarquina el día 15 de enero es absolutamente cierta, pues se ha podido corroborar al contrastar con las declaraciones que ha dado la madre de la recién nacida que los hechos publicados sucedieron como se informó.

En ninguna parte de la nota informativa publicada se hace referencia al nombre de Jackeline Hualpa Llanos, solo se refiere que la persona que captó a la madre se hacía llamar “Kori”.

La Sra Jackeline Hualpa Llanos quien ahora con la carta a dado a conocer que se hacía llamar “Kori” aceptó haber pagado los gastos del parto en la Posta Municipal, según ella lo hizo por una actitud “humanitaria”, sin embargo la madre de la recién nacida, Silvia Llanos Ayala, en entrevista con casi todos los medios de comunicación, incluyendo a este indicó que la señora “Kori” le había pagado los 190 soles por el parto a cambio de que le entregue su la bebe recién nacida.

Le informamos a la señora Jackeline Hualpa Llanos que ese tipo de procedimientos lindan con la legalidad y que constituyen un delito y que el Código Penal indica que se la Trata de personas es penalizada:

“ el que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, en el territorio de la República o para la salida o entrada del país, recurriendo a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de la libertad, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfico de órganos o tejidos humanos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de quince años.

La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de un niño, niña o adolescente con fines de explotación se considerará trata de personas, incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior”

Recomendamos a la Sra. Jackeline que se haga asesorar por un buen abogado y que antes de dar plazos para rectificaciones infundadas explique ante las autoridades el por qué de su actitud y su pretensión de querer comprar una niña recién nacida por 190 soles.