JNE fiscalizará cumplimiento de restricciones electorales
Infractores serán inhabilitados, multados y sancionados con pena privativa de la libertad de hasta un año.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) afirmó que desde las cero horas del viernes cinco quedó prohibido el expendio de bebidas alcohólicas y se cerrarán los locales dedicados a dicho rubro hasta las doce horas del día siguiente a los comicios, según lo estipula el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (26859).
Los infractores serán reprimidos con pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y multados con no menos del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa, así lo señala el inciso a) del artículo 390 de la referida Ley.
La Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE supervisará el cumplimiento de estas prohibiciones a través de los Jurados Electorales Especiales distribuidos a nivel nacional para este proceso.
Al Ministerio Público corresponderá formalizar la denuncia contra los infractores de las normas señaladas.
PROPAGANDA ELECTORAL
De otro lado, a partir de las cero horas del sábado 6 de diciembre queda prohibida toda clase de propaganda política. Por tanto, no podrán difundirse avisos o cualquier tipo de información que signifique propaganda electoral.
De acuerdo al artículo 389 de la misma Ley, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos años aquel que infrinja esta prohibición, cualquiera que sea el medio empleado, en las horas en que se encuentra suspendida.
